El año 2010 va a ser en el mundo del vino de calidad el año de los Pliegos de Condiciones. ¿Qué es un Pliego de Condiciones? Un nombrecito de tamaña longitud y contenido es de forma básica el “convenio”, la herramienta sobre la que se sustenta una Denominación de Origen. De vinos, o de quesos, de aceites o de turrones, qué se yo!. Las normas básicas o estándares técnicos que diferencian, que hacen genuinos a los productos de un territorio delimitado, del resto de productos que siendo de la misma clase no guardan en su “hechura”, transformación posterior, envejecimiento y envasado ninguna exigencia técnica, ni siquiera proceden de un mismo lugar, de una misma variedad, de ahí que sean como los perros sin pedigrí, que vulgarmente se les llama “cien polvos”. Un producto, vino, por poner un ejemplo, debe poseer unas características concretas, desde la plantación del viñedo, las variedades, las labores culturales, los rendimientos máximos, su posterior transformación o elaboración, las presiones, las fermentaciones y crianza, y responder a unos parámetros físico químicos básicos previamente señalados y otros organolépticos y también en su envasado u etiquetado final antes de ir a la búsqueda del consumidor. En el fondo, subyace éste último destinatario como el elemento a salvaguardar, a proteger, y cuidar. Si de un vino se anuncian una serie de cualidades, y se le etiquetan con ellas, el consumidor debe tener la completa garantía de que hay alguien que se responsabiliza y corresponsabiliza de que así sea. Pues bien, un porrón de años en la Unión Europea, otro anterior con estructuras de control en los territorios de los vinos de Calidad de España, parece que suman la suficiente garantía y han dado la suficiente madurez, para que se de la vuelta, para girar 180 grados el sistema. En las DDOOs se redactarán una serie de Pliegos de Condiciones que marcarán a las empresas de la misma, los procedimientos y las reglas a seguir para poder vender con esa marca pública y que el consumidor tenga todas las garantías citadas. Un servicio de Certificación auditará que eso sea así, que las empresas vendan lo que dice el Pliego de Condiciones. Dicho servicio deberá acreditar la condición de que es capaz de Certificar, ante Enac: Entidad Nacional de Acreditación. Hasta aquí mejor o peor descritas, la filosofía, las normas, lo teórico. Después de esto la Mar Océana como señalaba Colón, y al otro lado la tierra por descubrir, el nuevo mundo. Cuántos quedarán en el camino??, bueno en las mareas, en las tormentas, en las crestas de las olas, en las fosas que las mismas abren… La singladura no ha hecho más que comenzar, soltemos amarras, despleguemos velas y sujetemos el timón con mano firme, no olvidemos la brújula, es fundamental. No escuchemos los cantos de sirena, ni dejemos la nao al albur de cualquier viento como muchas voces dirán: “dejémonos llevar del viento que a algún lugar llegaremos”. Lo malo es si nos damos con unos arrecifes y nos vamos al fondo, o nos pasamos la vida dando vueltas en el interminable océano sin llegar a “tierra firme”.